jueves, 8 de diciembre de 2011


UPR de Derecho

La Facultad es uno de los recursos más vitales de la Escuela de Derecho. Los treinta y tres profesores regulares a tiempo completo que la integran son hombres y mujeres altamente capacitados, experimentados en la enseñanza y en la investigación del Derecho, conocedores de los aspectos prácticos de la profesión jurídica y dedicados a la instrucción de sus alumnos. Una alta proporción de la Facultad tiene títulos graduados en derecho y en otras disciplinas. Entre nuestros profesores contamos con quienes han sido legisladores, jueces superiores, jefes de agencias, Fullbright Scholars, presidentes de revistas jurídicas y oficiales jurídicos del Tribunal Supremo de Puerto Rico y del Tribunal Federal de Apelaciones para el Primer Circuito. Todos sus miembros provienen de diferentes tipos de experiencias profesionales, privadas o públicas que les permite enriquecer la docencia.
Además de enseñar, los profesores de la Escuela dedican un tiempo considerable a la investigación de problemas y temas jurídicos y a la divulgación del conocimiento sobre el Derecho mediante artículos, libros y otros medios. En los pasados siete años, por ejemplo, la Facultad publicó un total de treinta y siete libros de temas especializados y dos libros de casos y materiales para la enseñanza. Los profesores también publicaron más de 150 artículos durante ese mismo período, tanto en Puerto Rico como en el exterior.
Nuestra Facultad es un factor decisivo para el mantenimiento de la excelencia académica que distingue nuestra Escuela y hace de ella un lugar óptimo para el estudio del Derecho.
La Universidad de Puerto Rico, como primer centro docente de una comunidad democrática, garantiza y protege la libertad de cátedra y de investigación de todos los miembros de su personal docente. El Reglamento General (Art. 11, Sección 11.1) define estos derechos fundamentales como: "enseñar con objetividad y honradez la materia que profesa, sin otras restricciones que las que imponen la responsabilidad intelectual y moral de cubrir todos los elementos esenciales del curso según aprobados por la autoridad correspondiente, el respeto al criterio discrepante y el deber de impartir sus conocimientos mediante procedimientos pedagógicos identificados con la ética de la enseñanza y la búsqueda de la verdad". Asimismo, el profesor podrá llevar a cabo sus labores de investigación "libre de restricciones que limiten la objetividad, la honradez intelectual o la dedicación a la búsqueda de la verdad en su trabajo". 

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